El concepto de diversidad en el ámbito educativo
En educación
entendemos por diversidad el conjunto de diferencias individuales que coexisten en todo el alumnado; es decir, que hablamos
de la heterogeneidad que existe en
todas las aulas, debida a las diferencias en
la
capacidad intelectual,
el rendimiento académico,
diferencias
en
los intereses,
diferencias en el ritmo de aprendizaje,
diferencias
socio-culturales,
diferencias lingüísticas y
diferencias
de género.
à Es decir que todos somos diferentes.
Entendemos por «atención a la diversidad» dar respuesta a todo el alumnado atendiendo a sus diferencias ya sea por presentan dificultades de aprendizaje, retraso mental, discapacidades auditivas, visuales, motóricas, o que padece trastornos emocionales, o de comportamiento, alumnado
con superdotación intelectual, etc.
¿Dónde estamos?
La Ley
Orgánica de Educación (LOE) ha sido una ley que ha querido atender a la
diversidad desde un enfoque educativo flexible, intentando
dar
respuesta al alumnado a través
de distintos itinerarios educativos (Programas de Compensatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Programas de Diversificación Curricular) y de otras estrategias
metodológicas como las adaptaciones curriculares individuales y adaptaciones significativas
(ACI/ ACIS), programas de refuerzo o desdobles, etc.
Muchas de estas estrategias venían heredadas de la LOGSE 1990 y sólo se ha variado
su
nombre en algunos casos como los Programas de Garantía Social por Programas de
Cualificación Profesional
Inicial. En otras ocasiones han permanecido iguales como los
Programas de Diversificación Curricular y las ACIS. Los Programas de Compensación Educativa han
continuado para atender las necesidades individuales de desventaja social y/o
económica, así como las necesidades de acceso al currículo del alumnado extranjero recién llegado con desconocimiento de la lengua.
La atención a la diversidad en
la
LOMCE
De dónde venimos
La Ley Orgánica
de Educación (LOE) ha sido una ley que ha querido atender a la
diversidad desde un enfoque educativo flexible, intentando
dar
respuesta al alumnado a través
de distintos itinerarios educativos (Programas de Compensatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial, Programas de Diversificación Curricular) y de otras estrategias
metodológicas como las adaptaciones curriculares individuales y adaptaciones significativas
(ACI/ ACIS), programas de refuerzo o desdobles, etc.
Muchas de estas estrategias venían heredadas de la LOGSE 1990 y sólo se ha variado
su
nombre en algunos casos como los Programas de Garantía Social por Programas de
Cualificación Profesional
Inicial. En otras ocasiones han permanecido iguales como los
Programas de Diversificación Curricular y las ACIS. Los Programas de Compensación Educativa han
continuado para atender las necesidades individuales de desventaja social y/o
económica, así como las necesidades de acceso al currículo del alumnado extranjero recién llegado con desconocimiento de la lengua.
A dónde vamos
Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) supone[1]:
P Un conjunto de medidas que mejora las
condiciones para que todos los alumnos puedan adquirir y expresar sus talentos,
y alcanzar su pleno desarrollo personal y profesional, como soporte de la
igualdad de oportunidades.
P Un abordaje de los principales problemas
detectados en el sistema educativo español sobre resultados objetivos de las
evaluaciones realizadas por organismos internacionales.
P Una mirada hacia los sistemas educativos del
entorno español, que sugiere la simplificación del currículo, el refuerzo de los conocimientos instrumentales, la flexibilización de las trayectorias, el desarrollo de sistemas de evaluación externa censales y
consistentes en el tiempo, la promoción de una mayor autonomía y
especialización en los centros docentes, el incremento de la transparencia de los resultados y rendición de
cuentas, y la cultura del esfuerzo.
Los objetivos generales son los siguientes:
1.
Disminuir las tasas de abandono educativo temprano y fracaso escolar.
2.
Mejorar
las condiciones para que los jóvenes tengan mejor y más adecuada formación que
les permita acceder a un empleo al término de sus estudios.
3.
Disminuir el número de alumnos que repiten curso.
4.
Contribuir a que no haya diferencias entre Comunidades Autónomas.
5.
Mejorar
el nivel de conocimientos en áreas prioritarias y señalizar claramente los
objetivos de cada etapa.
6.
Modernizar la Formación Profesional.
7.
Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Para lograr estos
objetivos, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa contiene las
siguientes medidas:
Flexibilización de las trayectorias educativas:
La Ley ofrece un conjunto flexible de
trayectorias en función de las necesidades y preferencias de las familias y los
alumnos, pero no las impone. Se trata de posibilidades de elección voluntaria.
Las decisiones son reversibles:
familias y alumnos pueden modificar su elección en cualquier momento.
Atención personalizada:
Educación Primaria
3º à
pruebas de detección precoz de dificultades de aprendizaje.
6º à
el equipo docente recomienda medidas para Educación Secundaria Obligatoria. Posibilidad
de implantar planes específicos de mejora de centros.
ESO: consejo orientador del equipo
docente al final de cada curso.
1º à
agrupación de las materias en ámbitos de conocimiento, para facilitar el
tránsito entre Primaria y ESO.
2º y 3º ESO à Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento.
3º ESO à
elección de Matemáticas orientadas a enseñanzas académicas o aplicadas.
4º ESO à
elección de enseñanzas aplicadas o académicas.
Ciclos de FP Básica a partir de quince
años: un título académico, además de la cualificación profesional de nivel 1.
Planes de actuación para el desarrollo
de altas capacidades intelectuales.
Realización de las evaluaciones
adaptada a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
Tecnologías de la Información y la
Comunicación para refuerzo.
Bachillerato: modalidades de Ciencias,
Humanidades, Ciencias Sociales y Artes.
Formación Profesional de Grado Medio:
materias para facilitar la transición del alumno hacia otras enseñanzas.
Quizá la expresión que
más llama la atención en la LOMCE sea la de «Cultura de la
responsabilidad y el esfuerzo». Con
esta expresión se hace referencia:
Para
los alumnos:
evaluaciones finales
para obtener títulos de Graduado en ESO y de Bachillerato, por competencias
clave o básicas (europeas).
agilidad de los
procedimientos de adopción de medidas correctoras: las medidas correctoras
tendrán un carácter educativo y recuperador, deberán garantizar el respeto a
los derechos del resto de los alumnos y procurarán la mejora en las relaciones
de todos los miembros de la comunidad educativa.
Para
los centros:
autonomía y
especialización.
rendición de
cuentas y transparencia de resultados.
Para
equipo directivo y docente:
acciones de
calidad que requieren planificación por objetivos y rendición de cuentas.
aumento del
liderazgo del director/acceso tras acreditar la superación de un curso
formativo.
autoridad:
presunción de veracidad de las declaraciones de profesores y equipo directivo.
En la LOMCE aparece un nuevo concepto, el de «permeabilidad» que hace referencia
a la flexibilidad de itinerarios:
«La
permeabilidad del
sistema, tanto vertical como horizontal, es una de las mayores preocupaciones de la Unión Europea; así, la ley abre pasarelas entre todas las trayectorias formativas y dentro de ellas, de
manera que ninguna decisión de ningún alumno sea irreversible. Cualquier
alumno puede transitar a lo largo de su proceso de formación de unos ámbitos a otros de acuerdo con su vocación, esfuerzo y expectativas vitales, enlazando con las necesidades de una formación»
(Preámbulo X)
Además aparecen en el Capítulo 1 aparecen los siguientes apartados
a tener en cuenta:
b) «La equidad, que
garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión
educativa, la no discriminación y la accesibilidad universal, y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad».
k) «La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar».
l) «El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres,
así como la prevención de la violencia de género».
q) «La libertad
de enseñanza y de creación de centro docente, de acuerdo con el ordenamiento jurídico».
[1]
Cfr. http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/participacion-publica/lomce/20130517-aprobacion-proyecto-de-ley.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario